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Revisa la acusación completa del caso La Polar

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Autor: Cooperativa.cl

El documento, de 707 páginas, detalla las imputaciones contra los nueve acusados en el caso.

Revisa la acusación completa del caso La Polar
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La Fiscalía cifró en 999.109 los clientes repactados unilateralmente en el denominado caso La Polar, según se detalla en la acusación contra los imputados presentada el día lunes por José Morales, de la Unidad de Delitos de Alta Complejidad.

La acusación apunta al ex presidente de La Polar Pablo Alcalde, la ex gerenta de administración María Isabel Farah, el ex gerente de productos financieros Julián Moreno y el ex gerente general Nicolás Ramírez.

La Fiscalía también acusa al ex gerente corporativo de finanzas Santiago Grage, al gerente de informática Pablo Fuenzalida y al ex gerente general interino Martín González, además de Marta Bahamondes e Ismael Tapia como cómplices.

El documento tiene un total de 707 páginas y en él, a partir de la página 692, se detalla cómo el Ministerio Público pide que "se imponga a los acusados las siguientes penas privativas de libertad".

Las penas que arriesgan

Pablo Alcalde Saavedra: seis años de presidio menor en su grado máximo por infracción reiterada a la Ley de Mercado de Valores; cinco años y un día de presidio mayor en su grado mínimo y multa de 700 Unidades Tributarias Mensuales (28.540.400 pesos) por infracción a la Ley 19.913 sobre blanqueo y lavado de activos; tres años y un día de presidio menor en su grado máximo y 6.000 UTM (244.632.000 pesos) por infringir la Ley General de Bancos.

María Isabel Farah: cinco años de cárcel por delito reiterado de infracción a la Ley de Mercado de Valores; cinco años de presidio mayor en su grado mínimo y una multa de 500 UTM (20.386.000 pesos) como autora de de infracción a la Ley 19.913 sobre lavado de activos; tres años y un día de reclusión menor en su grado máximo y multa de 5.000 UTM (203.860.000) por infracción reiterada a la Ley General de Bancos.

Julián Moreno de Pablo: cinco años de cárcel por delito reiterado de infracción a la Ley de Mercado de Valores; cinco años y multa de 400 UTM (16.308.800 pesos).por infracción a la Ley 19.913; tres años y un día de reclusión menor en su grado máximo y 4.000 UTM (163.088.000 pesos) por infracción a la Ley General de Bancos.

Nicolás Ramírez Cardoen: ocho años por infringir la Ley de Mercado de Valores y 541 días de reclusión menor en su grado medio, además de una multa de 2.000 UTM (81.544.000 pesos) por infracción a la Ley General de Bancos.

Pablo Fuenzalida May: Tres años y un día de presidio menor en su grado máximo por delito del artículo 59 a) de la Ley de Mercado de Valores (entregar antecedentes falsos a la Superintendencia o al público en general); 541 días de presidio menor en su grado medio en calidad de autor del delito del artículo 59 f) de la Ley de Mercado de Valores (entrega de información maliciosamente falsa).

Martín González Iakl: Tres años y un día de presidio menor en su grado máximo por delito del artículo 59 a) de la Ley de Mercado de Valores y 541 días de presidio menor en su grado medio por el artículo 59 f).

Santiago Grage Díaz: Tres años y un día de presidio menor en su grado máximo por delito de infracción reiterada al artículo 59 f) de la Ley de Mercado de Valores.

Marta Bahamondes Arriagada: 541 días de presidio menor en su grado medio en calidad de cómplice por el delito del artículo 59 a) de la Ley de Mercado de Valores.

Ismael Tapia Vidal: 541 días de presidio menor en su grado medio en calidad de cómplice por el delito del artículo 59 a) de la Ley de Mercado de Valores.

Costas e inhabilitación

La acusación pide que a los imputados, "asimismo, se les condene al pago de las costas según lo prescrito en el artículo 45 y siguientes del Código Procesal Penal y 24 del Código Penal, así como a las inhabilitaciones y suspensiones legales que correspondan de acuerdo a la entidad de las penas".

Además, que se condene a los imputados Alcalde, Farah, González, Ramírez, Grage, Moreno y Fuenzalida "a la pena accesoria especial del artículo 61 bis de la ley de Mercado de Valores, esto es, inhabilitación especial de diez años para desempeñarse como gerente, director, liquidador o administrador a cualquier título de una sociedad o entidad sometida a fiscalización de la Superintendencia respectiva".

A partir de la página 695 la acusación detalla una serie de dineros y bienes sobre los cuales se pide confiscación para los acusados.

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